─  Guzmán Brito

EL LLAMADO CONTRATO DE PRENDA SIN DESPLAZAMIENTO

Alejandro Guzmán Brito

Resumen


En la nueva regulación de la prenda sin desplazamiento, contenida en la ley Nº 20.190, se distingue, como ejes, un contrato de prenda y un derecho real de prenda. El presente trabajo examina la normativa dispuesta para el contrato; e intenta fijar su naturaleza contractual o meramente convencional, sus caracteres y, en especial, su carácter solemne lo mismo que sus demás requisitos, los efectos que produce, su extinción y los convenios tipificados por la ley, como posibles de añadir a él.


Palabras clave


prenda sin desplazamiento; contrato de prenda sin desplazamiento; solemnidades del contrato de prenda sin desplazamiento; convenios accesorios al contrato de prenda sin desplazamiento

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DOI: https://doi.org/10.32995/S0718-80722009258

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