─  Hernández Paulsen

Abusividad por falta de transparencia, nulidad de cláusulas no incorporadas e improcedencia de responsabilidad infraccional. 17° Juzgado de Letras en lo Civil de Santiago, 27 de enero de 2017, rol n.° 15092-2015. Corte de Apelaciones de Santiago, 7 de septiembre de 2018, rol n.° 8261-2017. Corte Suprema, 27 de diciembre de 2019, rol n.° 114-20191

Gabriel Hernández Paulsen, Sebastián Campos Micin

Resumen


A fin de concretar la venta de unidades de diversos proyectos inmobiliarios, Constructora Santa Beatriz S.A., a partir de 2002, desarrolló un modelo de contratación que, desde la perspectiva de cada consumidor interesado, comprendía la celebración de tres contratos diferentes: un contrato de reserva, uno de promesa de compraventa y uno de compraventa. De acuerdo con el modelo mencionado, el “proceso de compraventa de un departamento en modalidad verde” comenzaba por la celebración de un contrato de reserva, en cuya virtud el consumidor vinculado debía entregar en el mismo acto una suma de diez unidades de fomento, debiendo la inmobiliaria abstenerse de ofrecer en el mercado el departamento reservado por un plazo de quince días corridos. Una vez realizada la reserva y dentro de los quince días siguientes, el consumidor podía optar por desistirse del proceso de compra –siéndole restituidas las respectivas diez unidades de fomento–, o persistir en el mismo. En este último caso, la inmobiliaria lo citaba para la suscripción de un contrato de promesa, obligándose el consumidor a celebrar la compraventa prometida dentro del plazo establecido en la promesa, siempre que se hubieran cumplido las condiciones impuestas por la inmobiliaria. (...)


Palabras clave


abusividad; transparencia; nulidad; responsabilidad infracciones

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DOI: https://doi.org/10.32995/S0718-80722020474

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