─  Rosso Elorriaga

PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE LAS SERVIDUMBRES CONTINUAS DE ALGUNA CLASE. RELECTURA DEL ART. 882 DEL CÓDIGO CIVIL

Gian Franco Rosso Elorriaga

Resumen


La doctrina y la jurisprudencia, de conformidad con lo dispuesto en el art. 882 del Código Civil chileno, han sostenido tradicionalmente la imposibilidad de adquirir servidumbres discontinuas a través de prescripción adquisitiva. Este trabajo da cuenta de los problemas que esta posición ha generado así como de la confusión en que se basa desde el derecho común, recogida sin embargo en el Código Civil francés y en los demás código civiles decimonónicos que le siguieron. Asimismo, trata las interpretaciones alternativas en derecho comparado para superar la confusión y su posible aplicación en Chile, sin perjuicio de los cambios legislativos que han permitido la eliminación del error. Finalmente, para no seguir aplicando una disposición que conduce a resultados erróneos, propone una relectura del art. 882 y señala sus fundamentos.


Palabras clave


Servidumbres discontinuas; prescripción adquisitiva; artículo 882 del Código Civil

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DOI: https://doi.org/10.32995/S0718-8072201748

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