RECONOCIMIENTO DE UN HIJO Y VERDAD BIOLÓGICA: ¿SON EFICACES LOS RECONOCIMIENTOS POR COMPLACENCIA Y DE CONVENIENCIA EN EL DERECHO CHILENO?
Resumen
Si bien el sistema filiativo chileno, a partir de la entrada en vigor de la Ley n.º 19585, de 1998, se basa fundamentalmente en la verdad biológica, al no exigir al reconociente que pruebe su paternidad o maternidad, se puede producir una disociación entre reconocimiento y verdad biológica, dando origen a lo que en el extranjero se ha llamado reconocimiento por complacencia y reconocimiento de conveniencia. El objetivo del presente trabajo es explicar ambas figuras, determinar su validez en Chile y, en caso de ser válidos, determinar si los afecta o no alguna otra causa de ineficacia, de conformidad con las reglas del ordenamiento jurídico chileno.
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PDFDOI: https://doi.org/10.32995/S0718-80722024839
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