─  Ortiz Arias

LOS PACTOS DE INDEMNIDAD Y LAS IMPLICACIONES DE LA PROHIBICIÓN DE CONDONAR EL DOLO FUTURO EN EL DERECHO CIVIL ECUATORIANO

Kevin Damián Ortiz Arias

Resumen


Las cláusulas de indemnidad son acuerdos que se insertan con amplia frecuencia en los contratos celebrados entre partes sofisticadas. Se han importado en sistemas civiles porque son herramientas efectivas para la asignación de riesgos y la mitigación de contingencias futuras. Una de sus categorías es el pacto por el cual el beneficiario queda indemne de los daños que provoque a terceros, incluso si ha actuado con dolo o culpa grave. No obstante, el art. 1481 del Código Civil ecuatoriano prohíbe la condonación del dolo futuro. Sobre la base de ello, se ha cuestionado la validez de este tipo de cláusulas por supuestamente incurrir en dicha proscripción. El presente trabajo examina si en efecto la estipulación supone una condonación de dolo futuro o, por el contrario, si ambas figuras tienen elementos que las diferencian entre sí. De esta forma, se propondrá la posibilidad de aceptar la validez de la cláusula.


Palabras clave


cláusulas de indemnidad; condonación de dolo futuro; autonomía de la voluntad; orden público

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DOI: https://doi.org/10.32995/S0718-80722025873

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